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TUTORIAL
Con este contrato discográfico el artista autoriza a la Compañía Discográfica, a la fijación de su interpretación, y cede los derechos de reproducción y distribución de estas grabaciones, con esta autorización el productor obtiene los derechos sobre las grabaciones durante cincuenta años, con independencia de la duración del contrato.
- Definición de artistas, intérpretes o ejecutantes.
- Derechos que pueden ceder: fijación o grabación actuaciones; reproducción; comunicación pública; distribución. Derechos Morales.
- Retribución comunicación pública. Entidades de gestión.
- Cesión de los derechos de propiedad intelectual y de explotación de las interpretaciones, Determinar el número de álbumes que el artista está obligado a interpretar en virtud del contrato.
- Causas y objeto del contrato:
-Interpretación del artista de un número determinado de composiciones musicales, para su fijación sonora y audiovisual, denominadas grabaciones.
-Propiedad de las grabaciones y material gráfico.
-Derechos de la personalidad: cesión del derecho a la utilización y reproducción del nombre e imagen del artista; acuerdos para las páginas web.
-Facultades del productor: condición de titular de los derechos de explotación; explotación para sí mismo o a través de terceros cesionarios o licenciatarios, explotación mediante cuentas de participación con otros productores, asociaciones temporales.
- Usos secundarios grabaciones: publicidad de marcas o productos comerciales, reproducción y comunicación pública grabaciones en producciones sonoras y adiovisuales.
-Derechos morales: posibilitado de que el productor modifique las grabaciones (derecho de transformación) para adaptarlas en el mercado (remixes, versiones).
- Ámbito territorial y temporal.
- Pacto de no concurrencia: exclusividad o no de los servicios del artista, posibilidad de grabar con terceros, autorizaciones.
- Pacto de no competencia: de no regrabación de obras; plazos.
- Compromisos mínimos de grabación; primera fijación; información de etiqueta; Plazos de Fijación.
- Duración del contrato.
- Inversiones en producción (maqueta, edición final) y mercadotecnia (gastos directos e indirectos para promover y publicitar la venta de los fonogramas).
- Colaboración artista a la promoción de las grabaciones; elaboración de los planes de marketing.
- Contraprestación del artista: royalties para soportes tangibles distribuidos por el productor y distribuidos por terceros; explotación de derechos inmateriales; casos especiales (royalties a prorrata; intervenciones puntuales de artista); remuneraciones previstas en la Ley (AIE); remuneraciones complementarias (uso de nombre, imagen).
- Avances no retornables, recuperables; liquidaciones, tipo; retenciones más habituales.
- Causas de resolución del contrato.
- Cesión del contrato; usos temporales, cesión en territorios determinados; cesión de determinados actos de ejecución.
- Derechos de información, cumplimiento, disponibilidad.
- Ley aplicable, jurisdicción.